Condenan a un hombre en Lugo a dos años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a la nieta de su vecina

Condenan a un hombre en Lugo a dos años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a la nieta de su vecina
Tribunal Superior de Justicia de Galicia / AEC

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a dos años de cárcel al vecino de la abuela de una menor por agredir sexualmente a la niña, que tenía 11 años cuando sucedieron los hechos. Además, le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima y de comunicarse con ella durante seis años, así como cuatro años de libertad vigilada y el pago de una indemnización a los representantes legales de la menor de 8.000 euros, en concepto de daño moral. El tribunal considera probado que el procesado, de 72 años, aprovechó que la víctima estaba sola en la vivienda para pedirle que le ayudase a introducir un tubo en un alpendre. La menor, según consta en la sentencia, accedió y, una vez dentro, el condenado, “con el fin de satisfacer sus deseos lúbricos y atentando contra la libertad sexual de la menor, comenzó a decirle a la niña que era muy guapa y a pedirle que le diera `bicos´, llegando a besarla en la boca y a introducirle su lengua, diciéndole también que le iba a hacer un masaje, realizándole tocamientos con sus manos en la zona vaginal, por encima de la ropa”.


La Sala relata en la resolución que la niña “expresó su repulsa ante tal conducta y le dijo al acusado: `¿por qué no le haces esto a tu nieta?’, tras lo cual logró zafarse y escaparse, y meterse dentro de la casa en donde inmediatamente llamó a su madre para contarle lo sucedido”. Los magistrados concluyen que “nada empaña la credibilidad subjetiva del testimonio de la víctima, que reúne los requisitos necesarios a juicio de la Sala para constituir prueba de cargo para desvirtuar el principio de presunción de inocencia”. Además, añade que las declaraciones testificales relativas a lo sucedido en los momentos posteriores al incidente constituyen “un elemento periférico corroborador de la declaración de la menor, por cuanto los familiares directos confirman de forma unánime y coincidente el relato de los hechos, así como su disposición anímica y reacción”. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.

Condenan a un hombre en Lugo a dos años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a la nieta de su vecina

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