El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo ha condenado al Servicio Gallego de Salud (Sergas) a pagar 8.471 euros a una paciente que acudió a la sanidad privada para obtener un diagnóstico y un plan terapéutico para una dolencia en la vejiga ante las “largas” que le dio la sanidad pública.
En su fallo, que es firme, el juzgado estima parcialmente el recurso de la demandante, que pedía algo más de 17.000 euros, cantidad que el juez entiende “excesiva”, y condena al Sergas a abonar casi 8.500 euros a la demandante en concepto de daños y perjuicios por el retraso terapéutico en el tratamiento de su dolencia.
La paciente en marzo de 2018 se hizo una ecografía abdominal que hizo pensar a los facultativos en una adenomiomatosis/hipercolesterolosis vesicular, diagnóstico ratificado en diferentes exploraciones y pruebas posteriores, y se le dio cita a un año vista para ser sometida a una ecografía de control.
La ecografía abdominal se practicó el 12 de junio del 2019 y fue valorada por el especialista en digestivo el 28 de junio, cuando recomendó repetir la ecografía en un año y a la vista del resultado derivar a la paciente al servicio de cirugía y aparato digestivo.
En julio de 2019, la paciente acude a Povisa, donde se le prescribe una operación preferente por riesgo de complicaciones futuras, y ese mismo mes acude de nuevo a la consulta de la sanidad pública con los resultados de otra ecografía realizada en Povisa y con la recomendación del especialista en cirugía y aparato digestivo de ese hospital de que se realice una colecistectomía.
Según el tribunal, a la paciente en junio-julio del 2019 "se le dio largas" desde el sistema público de salud, cuando había una base cierta de su dolencia y de su correcto tratamiento.
“Tenemos un funcionamiento normal del servicio público de salud, que ha sido la actuación desarrollada por Povisa, que en modo alguno puede ser calificado como ‘prematuro”, dice el fallo, “y un funcionamiento anómalo, injustificable e inexcusable” por parte de la doctora que atendió a la demandante el sistema público.
“Las cosas podían, debían, haberse hecho de otro modo”, asegura el fallo, quien subraya que “el desarrollo de los acontecimientos ha tenido lugar finalmente de un modo normal, satisfactorio, con la asistencia prestada por Povisa” frente a “la desatención, o la atención indebida o perezosa” de la sanidad pública.
Por todo ello, y dado que la paciente tuvo que pagar de su bolsillo la atención recibida en la sanidad privada, dicta el tribunal que el Sergas debe indemnizarla por haber “incurrido en responsabilidad patrimonial por su funcionamiento indebido, con retraso, tardío, irrogando a la recurrente un perjuicio que en modo alguno tiene el deber de soportar”.
Y así, le condena a asumir el coste del tratamiento en la sanidad privada, que asciende a 6.471 euros, y a esa cantidad suma otros 2.000 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios.