La Sala de los Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha ordenado la repetición del juicio contra Pau Rigo, el anciano que fue absuelto de homicidio tras matar a tiros a un ladrón que entró a robar en su finca rústica de Porreres (Mallorca) en 2018.
El tribunal ha declarado nula la sentencia que absolvió al hombre de 83 años al considerar que durante el veredicto del jurado popular y sus mayorías necesarias se cometió una infracción de las normas esenciales de procedimiento que han causado indefensión.
Como recoge la resolución, la nueva vista deberá celebrarse con otro jurado popular y con un magistrado distinto que presida el tribunal.
En el juicio celebrado el pasado año en la Audiencia de Palma, el jurado descartó por unanimidad que el hombre hubiera disparado con intención de matar al ladrón, pero en un punto posterior en el veredicto, cinco de cuatro miembros del jurado apoyaron que Rigo era culpable de la muerte del asaltante.
Ahora, la Sala ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el fiscal Adrián Massanet, quien en una vista celebrada este martes en Palma ha hecho hincapié en que se vulneró el derecho de defensa y en que el veredicto no reunía los requisitos legales.
El TSJIB rechaza así los argumentos del abogado de Pau Rigo, Jaume Campaner, quien se opuso a la repetición del juicio al considerar que el jurado se inclinó hacia la absolución de su cliente después de que en el veredicto no se alcanzara la mayoría suficiente. Tras una serie de recursos, la magistrada dictó la absolución del anciano.
La defensa de Rigo alegó que esa redacción de las proposiciones iba dirigida a contemplar circunstancias atenuantes en caso de que se declarara probado previamente el homicidio, un aspecto que recogió la sentencia y que ahora ha recurrido la acusación pública.
"Revisando lo actuado, formamos convicción, en coincidencia con la solicitud del Ministerio Fiscal, de que procede anular la misma y el juicio celebrado, sin que quepa hacerlo parcialmente conservando la condena de los acusados por robo", sostienen los magistrados en su resolución.
De esta manera, el tribunal hace referencia a la doctrina del Tribunal Constitucional referente a la nulidad de una sentencia absolutoria dictada en sede de Jurado y anulada por el TSJ por falta de motivación del veredicto.
La decisión no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.