El Consejo de la Unión Europea, que representa a los países, y el Parlamento Europeo pactaron este viernes una normativa que permitirá un mayor acceso e intercambio de los datos sanitarios de los ciudadanos de la Unión Europea (UE).
El acuerdo, que ahora tendrá que ser respaldado formalmente tanto por el Consejo como por el Parlamento, contempla la creación de un Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EHDS, en sus siglas en inglés) para facilitar un mayor acceso a los datos clínicos y garantizar que sean compartidos de forma segura para fines de investigación.
La nueva ley europea permitirá a los ciudadanos acceder a sus datos sanitarios, incluyendo el historial médico, recetas electrónicas, imágenes médicas y resultados del laboratorio, así como a los profesionales de la salud, pero solo para cuestiones relativas al tratamiento de sus pacientes.
“El EHDS es un momento decisivo para la salud en Europa y para la atención que reciben nuestros ciudadanos”, destacó la comisaria europea de Salud, Stella Kyriakides, al asegurar que el nuevo sistema “será uno de los ejemplos más sólidos y emblemáticos de lo que podemos lograr cuando nos unimos”.
La futura normativa europea garantizará un acceso más rápido y sencillo a los datos sanitarios electrónicos, independientemente de si se encuentran en su país de origen o en otro Estado miembro, así como un mayor control sobre cómo se utilizan esos datos.
Los países que integran el bloque comunitario deberán crear una autoridad sanitaria digital para implementar las nuevas disposiciones.
El EHDS proporcionará a investigadores y responsables políticos acceso a tipos específicos de datos sanitarios seguros, permitiéndoles aprovechar el enorme potencial que ofrecen los datos sanitarios de la UE para fundamentar la investigación científica en interés público.
Actualmente, el nivel de digitalización de los datos sanitarios en la UE varía de un Estado miembro a otro, lo que hace más difícil compartir datos a través de las fronteras de los Estados miembro.
Por esa razón, el reglamento propuesto exige que todos los sistemas de historias clínicas electrónicas cumplan con las especificaciones del formato europeo de intercambio de historias clínicas electrónicas, garantizando que sean interoperables a nivel de la UE.
La normativa contempla que los Estados miembro pueden permitir que los pacientes opten por no participar en el uso de sus datos de salud a los que se accede excepto para fines de interés público, formulación de políticas, estadísticas y fines de investigación en interés público. Si los pacientes optan por restringir la información, los profesionales sanitarios solo podrán acceder a datos de salud muy concretos en situaciones de vital interés.
Asimismo, los Estados miembro pueden implementar medidas más estrictas que regulen el acceso a datos sensibles con fines de investigación.
Y, por último, si los investigadores informan a los organismos de acceso a datos de salud sobre hallazgos que pueden afectar la salud de un paciente cuyos datos se utilizaron en la investigación científica, esta información se le hará llegar al afectado.