El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña ha autorizado la extinción este mes de todos los contratos de trabajo vigentes entre Alu Ibérica y sus empleados, en las condiciones acordadas entre ellos mismos y la administración concursal, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Dicha extinción tendrá efectos desde el próximo 10 de mayo, excepto para aquellos trabajadores determinados por la administración concursal para realizar las labores de liquidación.
Además, el juzgado ha fijado, para quienes tengan derecho, una indemnización consistente en 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, con un máximo de 12 mensualidades.
La jueza considera en el auto que el “requisito objetivo” para autorizar la extinción de los contratos de trabajo de que esté fundada “en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción” resulta “patente”, a la vista de “la declaración de concurso, basada en la insolvencia del deudor, y la aceptada por todas las partes ausencia absoluta de carga de trabajo”.
Esta medida, aclara, “en modo alguno tiene su causa o amparo en virtud de resoluciones legales o administrativas con encaje en las adoptadas por las autoridades gubernamentales derivadas de los efectos de la covid-19”, y también descarta la concurrencia “de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho”.
En este contexto, indica que los representantes de los trabajadores y la administración concursal han alcanzado un acuerdo “sin que existan elementos para suponer la concurrencia de alguno de los vicios que pudieran invalidar sus términos”.
Contra este auto cabe presentar recurso, añaden las fuentes.