En sesión del 2 de enero de 1882, el Capitán General, mediante oficio, reclama a la Municipalidad el informe de la tasación efectuada por el Arquitecto municipal del justiprecio de los terrenos del baluarte y de los adyacentes que valora en la cantidad de 37.696,75 pesetas.
En otra, del 13 de marzo, el Ayuntamiento recibe una comunicación del diputado a Cortes, Aureliano Linares Rivas, del 9 de dicho mes, que dirige al alcalde, acompañado de otro, del Subsecretario del Ministerio de la Guerra, dando conocimiento de haber resuelto el expediente promovido por el Municipio de la cesión del baluarte del Caramanchón, disponiendo su entrega a la Hacienda Pública, por el precio de tasación.
En sesión de 11 de diciembre, se aprueba el proyecto de exposición a las Cortes del Reino de la Comisión de Fomento. Suplicando se dignen conceder gratuitamente el terreno perteneciente al Estado, denominado Baluarte del Caramanchón, comprendidos en el mismo su espigón, baterías y adicional, desmontado y terraplenado su superficie, con la explanada de Gola del propio baluarte, para construir el proyectado Instituto de Segunda Enseñanza.
En una nueva sesión, del 12 de marzo de 1883, se lee la Real Orden de 20 de diciembre de la Administración de propiedades e impuestos de esta provincia del 3 de marzo, resolviendo que manifieste el Ayuntamiento si insiste en la pretensión de cederle el terreno que ocupa el baluarte del Caramanchón, y si está dispuesto a satisfacer las 55.838,57 pesetas en que está tasado, para proceder en su caso afirmativo a la instrucción del oportuno expediente.
En esta misma sesión se acuerda con los señores propietarios de los solares que afecta la construcción proyectada para que manifiesten, si convenían, en ceder a concierto los solares necesarios y, en caso afirmativo, la cantidad en que los cedieren. Así, José Morodo cede tres solares de su propiedad por la cantidad de 15.832 pesetas; Manuel Atocha, en igual sentido, por 30.125 pesetas; Manuel Mojardín, en el propio concepto, por 13.581,61 pesetas; y Eugenio Veiga, por la de 69.875 pesetas.
En la sesión del 20 de marzo, enterado el Ayuntamiento, acordó comisionar a los señores Alcalde y Miranda para conferenciar con el Arquitecto, Domínguez Coumes-Gay y Eusebio da Guarda, a fin de ver si sé podría prescindir de alguno de los solares para la construcción del Instituto. Después de tener conocimiento de la propuesta del Ayuntamiento, dicen que no son necesarios los solares, para la edificación del Instituto, de la propiedad de Eugenio Veiga y Manuel Atocha.
En sesión del 27 de julio de 1883, se comunica al Ayuntamiento, mediante telegrama dirigido por el Ministerio de Hacienda al Capitán General de este distrito, José Sánchez Brégua, y que éste remite a la Alcaldía, que ha sido resuelto, según sus deseos, el expediente sobre la concesión a este Municipio de los terrenos del baluarte del Caramanchón. Ambos comunicados son notificados por los Diputados a Cortes, Antonio del Moral y Aureliano Linares Rivas.
En sesión del 3 de agosto, el Delegado de Hacienda pasa un oficio, de fecha 31 de julio, trasladando la Real Orden de 22 del propio mes, expedida por el Ministerio de Hacienda, resolviendo ceder en pleno dominio a esta Municipalidad el baluarte del Caramanchón, mediante el abono por el mismo, a la Hacienda, de las 55.838,57 pesetas en que fue tasado por el Ramo de la Guerra, cuyo pago en metálico verificará esta Corporación en tres plazos y dos años, abonando el primero al contado, en proporción de un 20%, el segundo y tercero, al 14% cada uno, según determina el artículo 3° de la ley de 21 de diciembre de 1876.
En la sesión del lunes 20 de agosto, se aprueba por el Ayuntamiento la percepción, en dominio, del mencionado baluarte del Caramanchón.
En sesión del 15 de octubre de 1883, se da cuenta de las cantidades que el Ayuntamiento debe abonar por los referidos solares a sus propietarios. A Manuel Mojardín, por el solar número 25 de la Puerta de la Torre de Arriba, 7.110,80 pesetas; a Morodo, Dalmau y Montero, por los números 22, 23 y 24, suman 15.832 pesetas; a José Gómez, por el B de la Avenida de Riazor, además de los plazos pendientes de pago a la Hacienda, 5.400 pesetas; a Vicente Vioño, por la parcela A, de la misma avenida, además de los plazos pendientes de pago a Hacienda, 12.207,65 pesetas. El total ascendía hasta las 40.550,45 pesetas. De esta cantidad se abonará al otorgar las escrituras de cesión la mitad del importe, 20.275,23 pesetas. A los seis meses de la misma, 16.317,22 pesetas; y al año de su otorgamiento, 3.958 pesetas. En sesión del 28 de marzo de 1884, Eusebio da Guarda pide que se le asegure que el Instituto de Segunda Enseñanza, construido a sus expensas, sea siempre dedicado a la misma, sin que pueda aplicarse a ningún otro objeto, a la vista del informe presentado por la Comisión de Fomento, a la que se había agregado el Alcalde, Alejandro Brandao Piñeiro, y el primer teniente de Alcalde, Antonio Labaca Fernández. El Ayuntamiento acuerda aprobar por unanimidad el mencionado informe en todas sus partes, el cual se tenga como acuerdo suyo y se dirija a la Diputación provincial el oficio, cuya minuta, la Comisión presenta y se aprueba.
En sesión del 3 de julio de 1886, se concede licencia a Eusebio da Guarda para la construcción del Instituto de Segunda Enseñanza en los terrenos denominados del Baluarte del Caramanchón.