La Valedora advierte al Gobierno local de ilegalidades en el trámite de multas

La Valedora advierte al Gobierno local de ilegalidades en el trámite de multas
Un agente municipal en un control de la Tercera Ronda | patricia g. fraga

A ningún conductor le gusta recibir un sobre con la notificación de una multa. Pero si en el encabezado de esa carta figura Emvsa (Empresa Municipal de Vivienda, Servicios y Actividades) tiene más motivos aún para molestarse puesto que, técnicamente, no es legal. La Valedora do Pobo advirtió de esto al Ayuntamiento y este respondió que, en efecto, había cometido un error y que está en trámites de subsanarlo. Sin embargo, esto abre la puerta a que todos los sancionados en los últimos cuatro años puedan recurrir las miles de multas que tramita en cada ejercicio el Ayuntamiento.  


El incidente que descubrió el problema figura en el informe de la Valedora do Pobo correspondiente a 2022, y que se publicó ayer. En ella, la Valedora recuerda que se remitió una resolución al Ayuntamiento después de recibir la queja de una persona que ponía en cuestión la tramitación realizada de su expediente. No solo por errores en el documento, sino porque lo había hecho a través de una empresa pública y el propio Ayuntamiento. 
 

Este respondió reconociendo dichos errores. y señalaba que había procedido a la anulación de la sanción iniciado un expediente de devolución. No solo eso, desde María Pita aseguraron que estaban “evaluando propuestas de organización del servicio”, y todo quedó en un recordatorio de deberes legales, que quedan expresados en una sentencia del Tribunal Superior del 14 de septiembre de 2020 y que viene a decir que todos los procedimientos sancionadores deben ser incoados por funcionarios municipales. 


Dictamen no ejecutivo 

Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), una organización que defiende los derechos de los conductores ante la Administración, asegura que hay pie para que todos los conductores que han sido sancionados por una causa u otra en los últimos cuatro años (y son miles) puedan reclamar la sanción. Sin embargo, Arnaldo es cauteloso. “Hay que tener en cuenta que el dictamen de la Valedora do Pobo no es ejecutivo”.
 

O, como él mismo lo aclara, “puede hacer recomendaciones, pero lo que diga no va a misa”. Pero que el mismo Ayuntamiento reconociera en un escrito a esta entidad que había cometido un error deja claro que sí existe una irregularidad que se puede explotar para recurrir la sanción. Eso sí, debe hacerse caso a caso, atendiendo a sus particularidades.
 

Sin embargo, Arnaldo también es optimista: “Abre la puerta a otros que estén en la misma situación. Todos esos expedientes pueden pedir la devolución”. El Ayuntamiento lleva por lo menos de 2014 empleando a Emvsa como medio para entregar sus multas, de manera que son miles los afectados pero, por ley, el plazo para reclamaciones se limita a cuatro años. 
 

Parcialmente aceptada 

Hay que tener en cuenta que la ley otorga presunción de legalidad a los actos de una Administración pública, de manera que es el interesado el que tiene que probar lo contrario. Hay que tener en cuenta que en el caso que se llevó a la Valedora do Pobo el afectado también alegaba un error en la dirección, y que la recomendación de la Valedora fue solo parcialmente aceptada. 
 

Arnaldo asegura que, a día de hoy, es un “escándalo”, la forma en la que muchos municipios delegan sus competencias de tráfico en empresas, muchas de ellas privadas, que instalan radares y otros sistemas a cambio de un porcentaje de multas. Pero la ley es clara: solo el Ayuntamiento tiene capacidad sancionadora. l

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