La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a cuatro años de cárcel a un entrenador de hockey de un club ourensano por abusar sexualmente, de forma continuada, de una jugadora menor de edad.
Además de la pena, el tribunal ha impuesto al procesado cinco años de libertad vigilada, una orden de alejamiento y comunicación con la víctima durante ese tiempo, el pago de una indemnización de 8.000 euros, y la prohibición de desempeñar actividades de entrenamiento de menores durante seis años.
En la sentencia, los magistrados consideran acreditado que en septiembre del año 2021, tras recoger a la víctima que por aquel entonces tenía 14 años, la llevó a un almacén de material deportivo situado en la parte exterior de las instalaciones municipales en las que entrenaban con el pretexto de regalarle una camiseta. Una vez allí, según relatan los jueces, se sentó y le dijo a la menor que se sentará en sus rodillas, "lo que realizó mediatizada por las circunstancias".
El tribunal subraya que el acusado "la agarró y la sentó sobre él a horcajadas" y comenzó a "tocarle los pechos por encima del sujetador" y las piernas "llegando a agarrarle las nalgas" y también a separarle la mascarilla "dándole un beso en la boca".
En la resolución señalan que ante la negativa de la menor a continuar en tal situación, el entrenador "insistió en varias ocasiones", si bien la condujo acto seguido al entrenamiento.
Según el relato de los hechos probados de la sentencia, al día siguiente el condenado recogió nuevamente a la menor, puesto que era habitual que la trasladase al entrenamiento.
Tras preguntarle si estaba enfadada insistió para que lo acompañase de nuevo al almacén, esta vez para recoger un palo de hockey, una vez allí, según la sala, volvió a abusar sexualmente de ella. La menor llegó a coger el teléfono móvil con la intención de llamar a su madre y el acusado "se lo sacó de las manos permaneciendo en dicha actitud hasta que se hizo tarde para el comienzo del entrenamiento".
El juicio se celebró a puerta cerrada, pero la audiencia recalca que el testimonio de la víctima "es claro, reiterado y digno de crédito", relatando de "forma monocorde" el ataque sexual que sufrió. "Un relato verosímil, creíble, que aparece corroborado por pruebas periciales y testificales practicadas", añaden los magistrados.
Asimismo, indican que la persistencia incriminatoria de la menor no puede ser cuestionada "porque ha sido rotunda y perseverante", exponiendo con detalle la realidad de lo sucedido.
Además, afirman que no tiene motivo de resentimiento o de animadversión. Como consecuencia de estos hechos la víctima dejó de practicar la disciplina y tiene secuelas psicológicas.
La sentencia no es firme y contra ella cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.