El Tribunal Supremo descartó la existencia de circunstancias agravantes en el secuestro en 2014 de un empresario de Cambre del sector de la madera y rebajó las condenas de las ocho personas que lo tuvieron retenido durante varios días en la provincia de Pontevedra.
La sala de lo penal del Supremo condenó a penas de seis a ocho años de prisión a los implicados en este secuestro, que empezó en A Coruña y terminó en Lalín seis días después, cuando el maderero fue liberado por la Guardia Civil.
El alto tribunal rebaja de once años y medio a seis la pena de prisión de los seis principales implicados, que fueron condenados por delitos de secuestro y de tenencia ilícita de armas. En el caso del delito de secuestro, se reduce la pena desde nueve años impuestos inicialmente por la Audiencia provincial de A Coruña a siete años de prisión.
Según la sentencia, se considera que no debe aplicarse el agravante de aprovechamiento de la circunstancia del lugar, antes denominada de despoblado, para cometer los hechos.
Argumenta que no estaba excluida la presencia de personas que pudieran pasar por el lugar donde se produjeron.