Absueltos los dueños de un geriátrico procesados por estafar a los usuarios

Absueltos los dueños de un geriátrico procesados por estafar a los usuarios
los acusados se enfrentaban a penas cercanas a los cinco aã±os de cã¡rcel susy suã¡rez

La Audiencia Provincial acaba de dar respuesta a la pregunta que en febrero formuló una mujer, acusada junto a su marido y su hijo de enriquecerse a costa de los bienes de seis ancianos que residían en los geriátricos que la familia administraba en Outes. “¿Acaso es delito que una persona, por ser mayor, pueda decidir?”, planteó desde el banquillo, para justificar que varios usuarios hubiesen entregado sus bienes –fincas y viviendas valoradas por la Fiscalía en unos 330.000 euros– a cambio de su manutención y cuidado en la residencia.

La Audiencia cree que los ancianos tenían capacidad para decidir sobre su patrimonio

Pues no es delito, o no en este caso, según el tribunal de la sección primera. Su sentencia absuelve a los tres familiares de una estafa continuada (y agravada por haberse cometido, supuestamente, con abuso de las relaciones personales entre víctima y defraudador), bajo la premisa de que los usuarios eran personas capaces y por tanto, tenían “libertad para contratar” las transmisiones patrimoniales objeto de juicio.

Con esa conclusión, el dictamen rechaza la tesis de la Fiscalía, que se basaba en “la conjunción de los factores vejez, incapacidad y engaño”, para explicar que “determinados internos hubieran sido gradualmente separados de sus familias y, con su voluntad captada por los acusados (...), hubieran efectuado unos actos de disposición a favor de la encargada de la residencia en la que estaban acogidos”.

declaraciones

Para descartar la que fue “piedra angular” de la argumentación del Ministerio Público, los magistrados se apoyan en tres pruebas: por un lado, la declaración de los notarios que intervinieron en los procesos de venta o cesión, y que afirmaron haber realizado “las preceptivas comprobaciones de aptitud de los sujetos para el acto jurídico que iban a realizar”. Además, ninguno de los ancianos que transmitieron sus bienes a la residencia había sido incapacitado judicialmente, y sus informes médicos tampoco dan cuenta de un grave deterioro cognitivo en todos ellos. En tercer lugar, la declaración de varios de los herederos y del personal de los propios centros geriátricos tampoco lleva al tribunal a concluir que los usuarios estuvieran “aislados de sus parientes” con el objeto de caer “bajo el influjo de los acusados”, como sí entendía el Ministerio Público.

hechos probados

“Los hechos declarados probados –fija la sentencia– no contienen elementos suficientes para otorgar la condición de delito de estafa a la conducta de los acusados”. Entre esos hechos probados se recoge que la gestión de la residencia –primero un edificio y, desde 2002, dos– se llevó a cabo con normalidad, “cumpliendo los requisitos administrativos correspondientes y superando las distintas inspecciones realizadas”. Los tres componentes de la sección primera también contemplan como hecho cierto que los pagos los abonaban los propios internos o sus familiares, en ocasiones con cargo a la pensión de los usuarios y en otros casos, a través de la cesión de bienes de su propiedad.

A ojos del tribunal, no existen pruebas incontestables de que esas cesiones fueran objeto de una manipulación por parte de los responsables de los centros geriátricos, en tanto que algunos de los usuarios y sus familiares confirmaron en el juicio su “conformidad” con que los acusados se quedasen los bienes de los ancianos, a cambio de hacerse cargo de ellos, “ante la insuficiencia de dinero para seguir pagando las mensualidades”.

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