Con el argumento de que una fundación no es una explotación económica, al margen de la actividad que se desarrolle en ella, ha logrado la Barrié eludir el pago del IBI correspondiente a los años 2011 y 2012 por su edificio principal de los Cantones y otras tres dependencias de la calle de Orillamar, un recurso que se cuantificó en 173.000 euros.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de dar la razón a la entidad frente al Ayuntamiento, que denegaba la exención del impuesto, por entender que la actividad que desarrollan en los inmuebles los arrendatarios debe computarse como una explotación económica y, por tanto, debe satisfacerse el IBI.
por cuenta propia
Con este fallo, el alto tribunal gallego revoca una sentencia del mes de marzo en la que se consideraba que la exención del impuesto solo debe aplicarse para actividades no lucrativas de este tipo de entidades.
“Resulta irrelevante, xa que a propia lei 49/2002 nega que o aluguer sexa unha actividade económica da Fundación, a actividade desenvolvida polo arrendatario; a Fundación solo deberá pagar o IBI polos inmobles cando neles, e por conta propia, desenvolva unha actividade económica (e que non estea exenta do Imposto de Sociedades”, opone ahora la sentencia de la sala de lo contencioso administrativo.
Es el mismo órgano que firma otra sentencia (dictada en la misma fecha) por la que se obliga a la fundación a pagar el IBI correspondiente al año anterior, 2010, por importe de 65.000 euros, en cumplimiento de una resolución judicial previa, esta dictada el pasado mes de febrero.
La aparente contradicción entre ambos dictámenes del TSXG tiene una explicación: tal como se hace constar en este segundo fallo, el motivo de que la jueza inadmitiese el recurso de la Barrié contra las liquidaciones del IBI fue que la fundación no recurrió en su momento el acto por el que el Ayuntamiento le denegaba el derecho a la exención del pago, con lo que, según entendió la jueza y confirma ahora el alto tribunal gallego, “se aquietó a dicha resolución” municipal. n