La declaración que una mujer prestó la semana pasada ante un tribunal de la Audiencia coruñesa para relatar una agresión sexual es la prueba que lleva a dictar una sentencia absolutoria. Los magistrados de la sección segunda consideran el testimonio sobre el encuentro sexual que la denunciante mantuvo en mayo de 2010 en un bar de la zona de Porto do Son como “poco creíble”, tanto por sus imprecisiones como por las distintas versiones que esgrimió la presunta víctima desde el momento de la denuncia hasta el juicio.
Cuando, aquel día, llamó al guardia civil que controlaba una orden de protección que tenía concedida le relató cómo se había ido con un conocido de un bar a otro y cómo, al llegar a un determinado establecimiento, este y el propietario la habían obligado a mantener relaciones sexuales forzadas con uno de ellos sobre un taburete.
sin lesiones
El hecho de que el agente no diese credibilidad ya entonces a lo escuchado es uno de los indicios que llevan al tribunal a dudar de la credibilidad de la mujer. Pero sobre todo, el dictamen señala como razón fundamental de la absolución el que ese relato “no viene corroborado por elementos periféricos”. Con ello se refieren los magistrados a la ausencia de lesiones graves derivadas de una agresión que en palabras de la denunciante fue violenta ya que, según expuso, fue agarrada por uno de los implicados mientras el otro la violaba.
La sentencia apunta a otros detalles que ponen en duda la versión de la mujer, como las referencias de los acusados al uso de profilácticos durante un encuentro sexual que, desde el primer momento, ellos calificaron de “consentido”. Tal como se expone en el dictamen, ambos manifestaron que el encuentro sexual se había producido, a petición de la mujer, sin preservativo, por ser esta alérgica al látex y porque, según contó, utilizaba anticonceptivos orales. En el juicio, ella dijo que ninguno de sus atacantes sabía que ella tomaba la píldora y achacó el conocimiento de su alergia a que “lo sabía todo el mundo en el pueblo”, un razonamiento que no convence al tribunal.
De este modo, la Audiencia opta aceptar el relato de los hombres, tal como reclamaban las defensas, representadas en el juicio por los abogados José Ramón Sierra y José Manuel Saborido. Los dos admitieron el encuentro íntimo con la mujer aunque sin coacción alguna, y por ello se enfrentaban a peticiones de condena de hasta 14 años de cárcel y al pago de 30.000 euros.