EL “PRESTIGE” Y LA LEY DE MURPHY

Como dice la ley de Murphy: “si algo puede salir mal, saldrá mal”. Así comenzó, once años atrás, el mayor proceso de la historia judicial de Galicia: el caso “Prestige”. En Corcubión, en un pequeño juzgado de la Costa de la Muerte, con escasos medios personales y materiales, un juez recién salido de la Escuela Judicial inició su instrucción, y otro, en la misma situación, la finalizó tras la formal imputación del capitán, del maquinista y del director general de la Marina Mercante; una vez descartadas las de la empresa propietaria del buque, de la clasificadora que autorizó su navegación, y de otros gobernantes de superior rango que gestionaron el operativo. Imputaciones, justo es decirlo, dificultadas por el hecho de que entonces, y hasta la reforma del Código Penal de 2010, las personas jurídicas no podían ser objeto de responsabilidad criminal.
Entre tanto, nuestros gobernantes se embarcaban en una demanda civil contra la clasificadora americana que sería inadmitida por los tribunales de Nueva York sin celebración de juicio; pues, según sus leyes federales, en este tipo de desastres, “los únicos responsables son los propietarios de las embarcaciones”. Hablando en plata, la aventura americana supuso, sólo en abogados, 31.000.000 € para los que sesudamente nos “defendieron”, y, otro tanto, en concepto de costas, a favor de los antagonistas compañeros que les ganaron el pleito.
Así, arribada la causa al final puerto de destino, la Audiencia Provincial, se celebró el juicio, no contra los culpables “de hecho”, sino contra los “de derecho”: tres “mandaos”. Finalmente, un fallo judicial según la ley de Murphy: una sola condena por desobediencia del capitán, sin responsabilidades civiles. Técnicamente previsible, pues en derecho penal solo se puede condenar cuando todo el acervo probatorio, diáfano como una mañana de primavera, confluye en una sola dirección contra el/los acusado/s. Los grandes perjudicados vuelven a ser los ciudadanos, que no entienden de técnica jurídica y sufren en sus maltrechos bolsillos los costes provocados por la culpa y el dolo de terceros.
Lo cierto es que, nacional y supranacionalmente, no se legisla eficazmente para prevenir estos accidentes porque para los gobiernos, y para las industrias petroleras, armadoras y clasificadoras, los intereses petrolíferos prevalecen sobre el medio ambiente.

EL “PRESTIGE” Y LA LEY DE MURPHY

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