La Fiscalía pide que se mantenga la prohibición de manifestarse

La Fiscalía pide que se mantenga la prohibición de manifestarse
Varias mujeres esperan ante el TSJM | ep

La Fiscalía de Madrid expuso ayer ante la Sala de Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) –que, al cierre de esta edición, seguía deliberando– sus motivos para justificar que se mantenga la prohibición acordada por la Delegación del Gobierno de las manifestaciones previstas durante el 8-M, Día de la Mujer, por suponer riesgos para la salud pública. La fiscal consideró “insuficientes” la medidas de seguridad propuestas por los organizadores informó el Ministerio público en un comunicado.


En su exposición, la representante del Ministerio Público ha sostenido que, tras analizar el contenido de la demanda presentada por la Confederación General de Trabajadores (CGT), entendió que la razón que llevó a la Delegación del Gobierno a prohibir las concentraciones conmemorativas del 8-M “no solo se basaban en la normativa propia del estado de alarma sino en las imperiosas necesidades de salud públicas derivadas de la existencia de la situación de pandemia provocadas por la Covid-19”, un argumento que se extiende al resto de concentraciones previstas.


Situación de conflicto

En su opinión, a la hora de autorizar este tipo de eventos en el estado de alarma hay una “situación de conflicto” entre el derecho a la vida y a la salud frente al derecho de reunión de la Constitución.


Ante este conflicto, para la fiscal resulta procedente realizar un ejercicio de ponderación con el fin de otorgar “prevalencia” al derecho a la vida “dado que el propio texto constitucional prevé la posibilidad de limitar el derecho de reunión en los supuestos que exista una puesta en peligro para las personas y bienes”.


También, manifestó que las concentraciones carecen de las medidas de seguridad que permitan garantizar la salud pública “que se ve comprometidas en la situación actual”.


Ponderación de derechos

Por tanto, consideró que la prohibición de las concentraciones para el 8 de marzo es “proporcionada” y “ponderada” ante la situación actual de riesgo sanitario sin que queda cuestionar la motivación del acto, “que es suficiente y adecuada”, y sin que tampoco quepa apreciar un trato discriminatorio hacia las concentraciones convocadas.


Tras analizar el régimen de los límites del derecho de reunión, la fiscal se refirió a una reciente sentencia del TSJM en la que se abordaba la adopción de medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de las Covid-19 en la Comunidad de Madrid.


Con dicha resolución, más el informe de situación de 1 de febrero de 2021 donde se expresa que el volumen de incidencia supera la tasa de casos recomendados por la Unión Europea, la representante del Ministerio Público señaló que son elementos que sirven a la Administración “como criterio de ponderación” a la hora de prohibir las manifestaciones.


Por su parte, las representantes del Movimiento Feminista de Madrid esperaban que el Tribunal tome una decisión que concilie el derecho a manifestaciones de las mujeres con las garantías sanitarias.


Por debajo de lo permitido

Una de las activistas de la Alianza Contra el Borrado de Mujeres, y exdiputada socialista, Ángeles Álvarez, defendió que las propuestas enviadas a Delegación de Gobierno de Madrid para el 8-M eran “perfectamente compatibles” con las “recomendaciones sanitarias” ya que había “limitación de personas”, incluso, “por debajo” de las permitidas por la Administración.


Álvarez se refiere al acto en la Plaza de Callao de Madrid donde la organización de la que forma parte había organizados una concentración para 150 personas. Mientras que la Delegación de Gobierno había asegurado que prohibiría las de más de 500.


“El movimiento feminista está convocando actos simbólicos” ha declarado, para insistir que en ningún momento se han planteado “acciones masivas” que “pusieran en peligro” a las asistentes.

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