La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, anunció ayer que el Gobierno aprobó un decreto, realizado por nueve ministerios, con el fin de prorrogar durante tres meses las medidas económicas y sociales que de otra forma decaerían con la finalización del estado de alarma el próximo 9 de mayo.
En este decreto se incluye una prórroga de tres meses, hasta el 9 de agosto, de las medidas de protección “excepcional” en materia socioeconómica, ya que muchas de ellas necesitaban soporte legal para mantenerse en el tiempo.
Así, se amplía la suspensión de desahucios y lanzamientos de hogares vulnerables de su vivienda habitual, en los casos ya previstos por la actual normativa.
Asimismo, prorrogó la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta del alquiler de vivienda, cuando el arrendatario sea un gran tenedor o entidad pública.
También extendió hasta el 9 de agosto los contratos que puedan acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses de los alquileres de vivienda, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor.
Por otro lado, también se amplió por tres meses el plazo para que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria, presenten la solicitud de compensación, quedando fijado hasta el día 9 de septiembre.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana explicó que las medidas tienen “un carácter urgente y son necesarias para responder a la situación de los hogares vulnerables en el contexto de la evolución de la pandemia” del coronavirus.
Respecto a la moratoria o condonación parcial de la renta, el Ministerio recordó que “el objetivo es atender determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 9 de mayo, actual fecha de finalización del estado de alarma, como consecuencia de la situación derivada de la evolución de la pandemia y que se trata de una medida que no afecta a pequeños propietarios de vivienda”.
Asimismo, el Ministerio señaló que esta medida solo puede ser solicitada una vez durante todo el periodo en el que estuvo vigente la norma. Ocurre lo mismo con la extensión de los contratos de arrendamiento que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses.
Protección de vulnerables
Sobre la prórroga de la paralización de los desahucios, el Ministerio recordó que las medidas de protección se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.
Además, en este último supuesto, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando el informe a los servicios sociales competentes con el objetivo de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación.