El Gobierno de España ha vuelto a prorrogar la suspensión de los desahucios y en esta ocasión hasta el día 28 de febrero, para las familias humildes que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y económica. A pesar de la toma de decisiones, desgraciadamente hay que seguir estando vigilantes porque, en bastantes ocasiones, no se cumple con la legalidad vigente y las Administraciones Públicas competentes en materia de vivienda, una vez acreditada la vulnerabilidad, no son capaces de ofrecer un alternativa habitacional.
Durante décadas, para nuestra clase gobernante, el problema de la vivienda no era un derecho ni una cuestión social sino un asunto de mera rentabilidad, beneficio económico y especulación. Esto ha llevado a que apenas se han construido viviendas públicas y no se han articulado medidas para que las propias Comunidades Autónomas o las Corporaciones Locales dispusiesen de un parque de viviendas propias o de particulares para garantizar el derecho a una vivienda digna para las familias y personas vulnerables.
A lo largo de los últimos años se han publicado diferentes disposiciones legales sobre medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. En materia de vivienda se han garantizado los derechos de las personas, dejando patente la importancia de la misma hasta el extremo de suspender los procedimientos judiciales de desahucio y de los lanzamientos para los hogares vulnerables sin alternativa habitacional, tanto sean por impagos de hipoteca o de alquiler.
Por su parte los arrendadores, propietarios de viviendas, que hayan sufrido algún perjuicio por la suspensión de los desahucios tienen derecho a una compensación económica, por parte de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Pese a todo hay que seguir luchando para que, tanto dentro de las Comunidades Autónomas como desde los propios Juzgados, se cumpla con la legalidad vigente y nadie se quede en la calle sin tener cubiertas las necesidades habitacionales