La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha ratificado la condena de 18 años y nueve meses de cárcel impuesta por la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña a un hombre como autor de un delito de abuso sexual, corrupción de menores y exhibicionismo. El tribunal, al igual que los jueces de primera instancia, consideran probado que el acusado mantuvo durante dos años relaciones sexuales con la hija menor de edad de un amigo.
Los magistrados entienden probado que el sospechoso, aprovechándose de su amistad con el padre de la menor, empezó a comunicarse con ella a través de una aplicación de mensajería. Gradualmente, según la sentencia, su relación se fue intensificando hasta que ambos comenzaron una relación sentimental en 2017 y, poco después, empezaron a mantener relaciones sexuales. La Sala ha incidido en la verosimilitud del testimonio de la víctima, amparado por las declaraciones de sus padres y los de otra joven, así como por la pericial psicológica, en la que se destacó “la coherencia del relato de la víctima y la falta de indicio alguno que permita sospechar que hubiera presiones externas”. Los magistrados también han desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado en cuanto a que el recurrente no tenía conocimiento de la edad de la menor, pues subrayan que las pruebas practicadas confirman que la relación se mantenía en “la clandestinidad” y que el encausado “prevenía a la menor de que tuviera cuidado” para que nadie de su entorno se enterase. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.