Catorce años de cárcel para el hombre que mató a un residente de un hostal de Mondariz

En este asesinato se da alevosía, por el carácter violento de la agresión y el número de puñaladas
Catorce años de cárcel para el hombre que mató a un residente de un hostal de Mondariz
El condenado, durante el juicio / EUROPA PRESS

La Audiencia de Pontevedra ha impuesto 14 años de prisión por asesinato a Miguel Ángel G. M., el autor confeso del crimen de Mondariz, en el que acabó con la vida del huésped de un hostal de la localidad.


El tribunal, que ha dictado la sentencia en consonancia con el veredicto de culpabilidad emitido por unanimidad del jurado popular, ha tenido en cuenta para fijar la condena las atenuantes de anomalía o alteración psíquica y confesión tardía.


Las magistradas de la sección cuarta de la Audiencia de Pontevedra consideran probado que el acusado le asestó a la víctima "entre 80 y 90 puñaladas", en la espalda, el abdomen y la cabeza con un cuchillo de cocina que había adquirido unos días antes.


A continuación, Miguel Ángel G. M. trasladó el cuerpo de su compañero de hostal a un galpón anexo al establecimiento, en donde lo dejó tirado entre escombros.


Por la forma en que se produjo el ataque, según consta en el fallo, la víctima, que fue atacada en el espacio comprendido entre la puerta de su habitación y su interior, "no pudo huir ni defenderse de modo efectivo".


Los jurados también entendieron que el acusado actuó con una disminución parcial de su capacidad volitiva, "sin que conste ninguna merma de sus capacidades intelectivas; y, para colaborar con la justicia, confesó ser el autor de los hechos al inicio del juicio.


A pesar de ello, el tribunal concluye que el autor del crimen actuó "con intención de matar o sabiendo que esto podía suceder y aceptándolo", debido a las malas relaciones que había entre ambos por motivos de convivencia en el hostal, del que eran los únicos moradores.


La víctima, según recuerda la sentencia, le había transmitido a la persona que regentaba el hostal su temor por las amenazas que le profería el acusado.


Además, en este asesinato se da la circunstancia de alevosía, que cualifica el homicidio en asesinato, por el carácter violento de la agresión y el número puñaladas asestadas.


A la vista de la inexistencia de lesiones defensivas en la víctima o lesiones de consideración en el acusado, los jurados entendieron que se produjo una "embestida imprevisible", en la que la víctima "no tuvo ninguna oportunidad de realizar una defensa eficaz, única que puede considerarse excluyente del ataque alevoso".


La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. 

Catorce años de cárcel para el hombre que mató a un residente de un hostal de Mondariz

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