Un fondo de pensiones de Países Bajos se hace con el control de las autopistas gallegas

Un fondo de pensiones de Países Bajos se hace con el control de las autopistas gallegas
AP-9, en las inmediaciones del Instituto Ferial de Vigo/EP

El fondo de pensiones de los Países Bajos APG se ha hecho con el control exclusivo de las autopistas gallegas, después de que la compañía adquiriese Itínere, la empresa que gestiona varias carreteras de pago del norte de la Península Ibérica.


Todo ello tras la autorización, por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), de la operación, por la cual Algemene Pensioen Groep (APG) adquirió el capital de Itínere, que a su vez es la propietaria de, por ejemplo, Audasa, concesionaria de la AP-9.


APG ya formaba parte del accionariado de Itínere. Sin embargo, ahora adquirió parte de las acciones de la gestora estadounidense Corsair para conseguir el control de la compañía.


Itínere es la propietaria de empresas concesionarias de diversas autopistas del norte de España, como la AP-66, la AP-15, la AP-9, la AG-55 o la AG-57, precisamente estas tres últimas y otras, en Galicia.  

 

Devolución de tarifas

Por otra parte, Audasa tendrá que devolver el 50% del importe de la tarifa que cobró en concepto de peaje a 21 personas físicas y jurídicas durante las obras del puente de Rande, entre 2015 y 2018.


Así, se reconoce que las obras "impidieron un correcto servicio a las personas usuarias de la autopista", según ha dispuesto el Juzgado de Primera Instancia Nº12 de A Coruña.


El juez considera probado que las obras efectuadas en el tramo entre los enlaces de Cangas y Teis, incluida la reforma del puente de Rande, hicieron que Audasa "no prestase el servicio en idénticas condiciones a las que se presta cuando no hay obras", según indica en un comunicado el despacho de abogados Xoán Antón Pérez-Lema, que está a cargo de la defensa legal de los demandantes.


La sentencia recoge que el propio informe pericial facilitado por Audasa reconoce que se adoptaron restricciones en la circulación normal y que se llevaron a cabo acciones puntuales sobre el tráfico.


Además, señala que, en contra del criterio de Audasa, las personas demandantes no contaban con ninguna alternativa de circulación a la autopista, ya que los itinerarios posibles implicaban tiempos de desplazamiento aún más lentos que la propia vía de pago en obras.


Aunque la demanda presentada en defensa de las personas afectadas reclamaba la devolución íntegra de las tarifas cobradas, la sentencia reconoce que la devolución íntegra de los importes pagados por el peaje durante las obras "rompe el equilibrio de las contraprestaciones de los contratantes".


De este modo, a pesar de que Audasa intentó escudarse en su incapacidad legal para reducir el importe del peaje, la sentencia considera contravino los términos del servicio y acepta la rebaja del 50% en el importe a devolver por cada trayecto.


La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.  

 

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