Unas nueve audiencias revisan penas a agresores sexuales y se desmarcan de la Fiscalía

Unas nueve audiencias revisan penas a agresores sexuales  y se desmarcan de la Fiscalía
El fiscal general del Estado, Álvaro Ortiz, interviene durante un acto | Aec

Al menos nueve audiencias provinciales ya se pronunciaron a favor de aplicar en las revisiones de condenas de agresores sexuales el criterio más favorable al reo tras la entrada en vigor de la conocida como ley del solo sí es sí. La última en sumarse fue la Audiencia de Almería.


Esto contrasta con el criterio marcado la semana pasada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien dictó un decreto para los fiscales estableciendo que no se modificarán penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja “automática” de condenas.


El presidente de la Audiencia de Almería, Luis Columna, explicó a la prensa que, tras la reunión interna celebrada ayer, acordaron que se tendrá en cuenta la ley más beneficiosa para los condenados porque, a su juicio, la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal (CP) –que permitiría modular esta premisa– “no es aplicable a este caso”.


En los últimos días, las audiencias provinciales de Madrid, Valladolid, Vizcaya, Granada, Córdoba, Málaga, Zaragoza y Alicante también unificaron criterio en diferentes cónclaves y todas ellas coincidieron en seguir apostando por rebajas de penas para ajustarlas al nuevo marco legal y, se deduce, sin tener en cuenta dicha disposición transitoria.

 

Vizcaya y Zaragoza


En los últimos días también se reunieron los magistrados de las tres secciones penales de la Audiencia Provincial de Vizcaya, bajo la presidencia de Reyes Goenaga, y acordaron revisar de oficio todas las condenas de agresores sexuales en base a la nueva ley.


Por su parte, el pasado 22 de noviembre –un día después de que la Fiscalía General del Estado fijara su criterio– el presidente de la Audiencia Provincial de Zaragoza, Alfonso Ballestín, indicó que tras reunirse con el resto de magistrados para fijar posición, se decantaban por aplicar la norma más favorable al penado en atención al artículo 2 del Código Penal.

 

El caso asturiano


Las cinco secciones penales de la Audiencia de Málaga también informaron de que comienzan a analizar de oficio sentencias para ver si procede o no realizar una revisión tras la ley del solo sí es sí. De la misma forma, los magistrados de las dos Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Granada acordaron revisar de oficio las sentencias firmes de condenados por delitos sexuales, de igual forma que informó que lo hará la Audiencia Provincial de Córdoba.


Por otro lado, ayer mismo, el Pleno de magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Asturias acordaron “revisar las sentencias firmes de los procesos en que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena o esté pendiente, bajo prisma de proporcionalidad atendiendo al contenido íntegro de la sentencia de la que se trate”.

 

Las tres aliadas de la Fiscalía


Frente a estas decisiones, ayer la Audiencia Provincial de Navarra informó de que no rebajará las condenas cuando las penas que fueron impuestas puedan ser también imponibles con arreglo al nuevo marco legal establecido por la ley.


La Audiencia Provincial de La Rioja anunció hace ya dos semanas que se acogía a la disposición transitoria del Código Penal para no modificar ninguna de las 54 sentencias que ya revisaron tras la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual. 


Por su parte, la junta sectorial de magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Las Palmas, determinó el pasado viernes que solo se revisarían de oficio las condenas firmes por delitos sexuales cuando se detectase que la pena impuesta es mayor que las contempladas en el nuevo texto legislativo. Así, va en línea con lo establecido por la Fiscalía General del Estado. 

 

Condenados beneficiados

 

El número de condenados beneficiados por el nuevo marco de penas de la ley del solo sí es sí asciende al menos a 38, entre revisiones a la baja (34) y sentencias posteriores en la aplicación de la norma (cuatro). Unas diez personas fueron excarceladas.

 

 La nueva ley provocó que el delito de agresión sexual absorbiese al de abuso sexual, es decir, uno que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpora una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal se amplió para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual. 

 

El número de casos en los que se aplican las rebajas podría incrementarse ante las revisiones pendientes. Las revisiones efectuadas son susceptibles de recurso y podrían llegar hasta el Supremo, la sede judicial llamada a fijar jurisprudencia.

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