La titular del Juzgado de lo Penal 1 de Lugo acaba de dictar una sentencia condenando a Miguel Ángel Ruano Álvarez a la pena de tres años de prisión y multa de 720 euros como autor de un delito de intrusismo profesional y otro de falsedad en documento oficial. Se trata de un falso médico que ejercía en la delegación de Viveiro del Centro Médico As Pías de Ferrol, al que el ahora condenado tendrá que indemnizar con la suma de 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil, con la aplicación de los oportunos intereses legales.
Los hechos fueron descubiertos gracias a las sospechas de un agente de la Guardia Civil que era paciente del falso doctor, que en una búsqueda en Google descubrió que estaba en situación de busca y captura. De hecho, Miguel Ángel Ruano Álvarez ya había sido condenado en 1991 por una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Madrid en la que se le impusieron las penas de 15 años y dos meses de prisión por homicidio, intrusismo y estafa.
El paciente en cuestión formuló la correspondiente denuncia y la Guardia Civil realizó las oportunas investigaciones, que motivaron el presente procedimiento judicial, en el que el Centro Médico As Pías –los responsables del mismo tuvieron conocimiento de los hechos cuando se produjo la detención– se personó como acusación particular, representado por el abogado ferrolano Julio Barros.
El juicio no llegó a celebrarse, porque el acusado reconoció los hechos por los que se le acusaba y aceptó una sentencia de conformidad en los términos antes expuestos.
En el fallo judicial se considera probado que Miguel Ángel Ruano Álvarez prestó sus servicios como médico en el Centro Médico As Pías de Viveiro entre octubre de 2012 y finales de noviembre del mismo año, a sabiendas y con pleno conocimiento del alcance de sus actos. El cometido que desempeñaba consistía en examinar, explorar, diagnosticar prescribir medicamentos a los pacientes, realizando con ellos actos propios de la profesión médica sin estar en posesión del preceptivo título académico expedido por autoridad competente de conformidad a la legislación del Estado español u homologado o convalidado por el Ministerio de Educación y Ciencia que le habilitase para el desempeño de la misma.
En la sentencia se recoge que el ahora condenado ni siquiera terminó la licenciatura de Medicina y, consecuentemente, tampoco figura inscrito en el Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Lugo, en la que ejercía.
Con el propósito de dar apariencia de autenticidad y hacer así creíble la condición de médico, el acusado se dotó, bien directamente o por medio de otra persona, de un título de licenciatura en Medicina y Cirugía y otro de médico especialista en Medicina Interna. Todo ello con el consiguiente perjuicio corporativo y praxis de la profesión médica y con el peligro de la colectividad cuya adecuada protección pasa por el control de los títulos que habilitan para el ejercicio de la Medicina.