La Audiencia provincial de Lugo acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones relativas al ex alcalde de Lugo José López Orozco en una de las piezas separadas de la llamada operación “Pokémon”, concretamente la que fue abierta para investigar supuestos sobornos de una empresa para conseguir la adjudicación del contrato de la grúa municipal, informaron ayer fuentes judiciales.
De este modo, la sección segunda de la Audiencia estima parcialmente el recurso presentado por la defensa del exregidor, al entender que “ningún dato, salvo una manifestación de referencia”, apunta a que hubiera recibido “cantidad alguna como contraprestación en efectivo por la adjudicación del contrato del servicio de la grúa”.
Por otra parte, la investigación sobre su patrimonio “no refleja ningún incremento digno de mención”, subraya la Audiencia, que también aclara que “ningún dato avala” que el dinero que presuntamente entregaba la empresa adjudicataria para pagar supuestos sobornos políticos tuviese como “destino real la persona de López Orozco”.
El auto recurrido por la defensa también apunta a la existencia de irregularidades en la concesión de la licencia de primera utilización y de actividad para la instalación y apertura del depósito municipal de automóviles, pero la Audiencia no aprecia tampoco responsabilidad penal del exalcalde en esa decisión.
Tratamiento de favor
“Tal y como se desprende de las manifestaciones e incluso de la documental obrante en autos, el alcalde tenía delegadas esas atribuciones, por lo que no pueden vincularse esas posibles irregularidades administrativas con un tratamiento de favor dispensado por López Orozco”, según el texto de la Audiencia Provincial.
En cuanto a los presentes recibidos por López Orozco por parte de la empresa concesionaria, el tribunal señala que “toda esa actividad se constriñe a la recepción de un regalo efectuado por una persona vinculada a la adjudicación de la grúa por importe de 174 euros”, y los circunscribe a los “denominados regalos de cortesía” sobre los que ya se pronunció el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y el Tribunal Supremo.
La Audiencia también recalca que la “mera sugerencia” es insuficiente para imputarle al recurrente un delito de tráfico de influencias, pues si bien “en las conversaciones” que obran en autos se hablaba de la posibilidad de entrevistar a una persona para ocupar un supuesto puesto de trabajo en la empresa, “no prosperó la petición que se interesaba sobre un trabajador concreto”.
Esta resolución de la Audiencia provincial se produce después del informe emitido por el fiscal en el que, a raíz del recurso presentado por la defensa de Orozco, la Fiscalía pide el sobreseimiento provisional de la causa contra López Orozco en esta pieza de la “Pokémon”, la que investiga los supuestos sobornos por parte de Cechalva para conseguir el contrato de la grúa municipal.
El escrito de la Fiscalía, indicaba que “después de más de seis años de instrucción”, no “cabe arrastrar” a López Orozco “hasta el final del proceso sin indicios consistentes”. De hecho, sostenía que el patrimonio del exalcalde “se corresponde” con el ejercicio “de su profesión”.
En cuanto a las acusaciones que figuran en el sumario por parte del empresario asturiano José Luis Álvarez, sobre el supuesto cobro de comisiones irregulares por parte del exalcalde, la Fiscalía señalaba que “este señor
no aporta, en absoluto, datos de primera mano”. l