La Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto al exalcalde de Ordes Manuel Regos de un delito continuado de prevaricación administrativa al autorizar licencias a locales de ocio por no resultar acreditado que diese “un trato de favor” a determinados establecimientos, ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La Sección Primera indica en la sentencia que las “irregularidades” observadas “no integran la figura del delito de prevaricación” y detalla que “no se acredita un previo concierto con los empresarios de la hostelería nocturna”. Asimismo, añade que “varias de esas peticiones de cambio de licencia fueron denegadas”.
Los jueces relatan que, entre 2009 y 2012, “un significativo número de locales de ocio nocturno” solicitaron en el municipio cambios de licencia de pub a café concierto, café cantante o tablao flamenco para, posteriormente, regresar a licencia de pub.
La finalidad de estos cambios, según indican los magistrados, era obtener una mejora en el horario de cierre.
“No resulta acreditado que el acusado, durante su mandato como alcalde, diese un trato de favor a la hora de gestionar las licencias a determinados locales o sociedades”, señala la Audiencia.
No obstante, el tribunal reconoce que “la tramitación de los expedientes de cambio de licencia y concesión de nueva licencia no es del todo correcta, con desajustes en foliado, cambios de anualidad, saltos temporales, repetición de proyectos y falta de seguimiento de un orden temporal”.