El Juzgado Central de Instrucción número 3 de Madrid, de la Audiencia Nacional, ha acordado el nombramiento de un administrador judicial para Alu Ibérica, que tomará posesión en cinco días.
En el auto con fecha del 27 de julio, al que ha tenido acceso Efe, el tribunal acuerda la Administración judicial de las sociedades sociedades Iberian Green Aluminium Company SL, Alu Holding AC Spain SLU, Alu Holding AVL 2019 Spain SLU, Alu Ibérica LC SL y Alu Ibérica AVL.
El administrador de las citadas sociedades será Ramón Juega Cuesta, en representación de la entidad Eudita Fair Value Auditores SL.
“El administrador judicial designado deberá tomar posesión dentro de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución, y procederá, en el plazo de dos meses, a emitir informe sobre la situación respecto de la solvencia financiera real de las sociedades objeto de la administración judicial que se acuerda”, subraya la jueza en el auto.
Así, la Audiencia explica que a finales del mes de abril se consideró “suficiente” decretar una intervención judicial de la empresa al encontrarse indicios de descapitalización.
Sin embargo, añade, “del contenido de los informes” que se han remitido por los interventores designados se desprende que “la actuación de los actuales administradores lo que ha venido a representar no es sino un obstáculo real, cierto y serio para la viabilidad, llegando a impedir, de facto, la posibilidad de conocer, incluso, su estado de solvencia económica”.
Los interventores detallan en su informe que “las sociedades intervenidas no disponen de procedimientos formalizados y de controles internos que permitan dar una seguridad razonable en el ejercicio de las funciones de intervención judicial”.
“Las sociedades intervenidas han incumplido de forma reiterada los requerimientos de información realizados por la intervención judicial”, añaden.
Asimismo, sostienen en el informe, que repite la jueza en la resolución, que “se han detectado indicios de falsedad en determinados documentos remitidos a los interventores, así como contradicciones en las manifestaciones realizadas por los gestores de las sociedades intervenidas”.
“Se han aprobado numerosos actos y operaciones sin la preceptiva autorización judicial y de los interventores judiciales, incumpliendo adicionalmente otros requisitos establecidos en el auto de intervención judicial”, agregan.
Así, consideran que todo ello hace que “la labor de intervención judicial resulte ineficaz para la consecución de la finalidad encomendada por el citado auto de 27 de abril de 2021”.
“La continuidad de los actuales administradores en la gestión de las sociedades intervenidas puede suponer un riesgo para la protección del patrimonio de dichas sociedades”, solicitaban los interventores.