El Ayuntamiento precintará en los próximos días un piso turístico en A Coruña tras recibir el propietario del mismo una orden de cese de actividad. Será la primera vez que se tome esta medida, según fuentes municipales.
El inmueble, situado en un elevado piso del barrio de Zalaeta, está inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia (REAT) de la Agencia de Turismo de Galicia.
Ya en agosto de 2024, el Ayuntamiento recordó al propietario que el ejercicio de esta actividad requiere la presentación ante el Ayuntamiento del “impreso de comunicación de uso turístico” y le notificó que, en su caso, el servicio que ofrecía era contrario a la normativa urbanística municipal, puesto que esta no permite la implantación de este tipo de actividad turística en pisos o locales destinados a viviendas de uso residencial.
Tras denuncias presentadas por particulares, la Policía Local visitó el piso, en el que el dueño aportó la comunicación de inscripción en el REAT. Sin embargo, el Gobierno local apunta que, a día de hoy, el propietario no presentó la documentación previa de actividades de uso turístico.
Este decreto de cierre no tiene relación con la ordenanza que regulará este tipo de alojamientos, aprobada de forma inicial en el pleno del pasado mes pero que aún no ha entrado en vigor. Si bien el 50% de las viviendas de uso turístico de la urbe no cumpliría los requisitos que impone la nueva regulación, lo cierto es que esta tan solo supone un instrumento para aplicar lo que el Gobierno local lleva años defendiendo y que ha argumentado en este caso concreto: el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de 2013. En este documento se dispone que no es posible implantar actividades de uso turístico ni terciario sobre pisos o locales destinados a viviendas de uso residencial. Es decir, este piso será precintado por carecer del título municipal habilitante para el desarrollo de su actividad, pero también por resultar incompatible con el planeamiento urbanístico. Por ello, se determina que es ilegalizable para el fin turístico.
En consecuencia, Urbanismo decretó ya el pasado enero, como medida provisional, el cese definitivo de la actividad y advirtió al dueño que, en caso de incumplimiento del misma, se podría recurrir al precintado o a la imposición de multas por importe de 1.000 a 10.000 euros, reiterables hasta conseguir el objetivo del cierre. Al propietario se le abrió la posibilidad de presentar alegaciones, interponer recurso de reposición o bien acudir al contencioso administrativo.
Este no es el único caso en que se ha presentado denuncia, pero sí el primero en que se ha llegado a este punto. El vicepresidente de la Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia (Aviturga), Rafael Serrano, asegura que, de tres meses para aquí, son varios los propietarios de viviendas de uso vacacional que han recibido órdenes de cierre, a los que se les recomienda llevar sus casos hasta los juzgados.
Con la nueva ordenanza, los pisos turísticos estarán permitidos en bajos, primeras plantas o edificios destinados de forma exclusiva a esta actividad. Además, no podrán estar situados en una planta superior a una vivienda de uso residencial. Todo ello de acuerdo con los usos turísticos admisibles en el PXOM.
Otro aspecto “fundamental” de la ordenanza, dijo en enero el concejal de Urbanismo, Francisco Díaz Gallego, es el ajuste a la legalidad. Los servicios municipales verificaron que había viviendas que ofrecen estos usos sin contar con la habilitación administrativa pertinente.