Un juzgado reconoce a la Xunta su derecho de compra preferente sobre los murales de Lugrís

Un juzgado reconoce a la Xunta su derecho de compra preferente sobre los murales de Lugrís
El bajo de la calle Olmos en el que se encuentran los murales /Patricia G. Fraga

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de A Coruña reconoció el derecho de tanteo de la Xunta sobre la compra del conjunto de doce murales de Urbano Lugrís ubicados en el interior de dos edificios de la calle Olmos, por lo que debe proceder al ingreso de los 36.000 euros ofertados –para igualar la oferta de un particular– en la cuenta de depósitos y consignación del juzgado.


La magistrada admitió el derecho de adquisición preferente de la Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude, reconocido en la ley de patrimonio cultural de Galicia, para aquellos bienes de interés cultural, pues considera que, en este caso, se dan “todos los requisitos y presupuestos necesarios” para el ejercicio de ese derecho. La Xunta incoó, el pasado 1 de marzo, el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) de los murales.


Además, la jueza autorizó la dación en pago de los edificios situados en los números 25 y 27 de la calle Olmos de A Coruña –no de los murales, que serán propiedad de la Xunta– a favor de Redondela Invest SL, designada por el acreedor con privilegio especial Canet Invest, dentro del concurso de acreedores de Alameda de Órdenes SL.


En el auto especifica que la realización del bien deberá efectuarse por un valor no inferior al de mercado. Si hubiera remanente, corresponderá a la masa activa y, si no se consiguiese la completa satisfacción del crédito, la parte no satisfecha será reconocida en el concurso. El conjunto mural está compuesto por una docena de piezas que formaban parte del antiguo local de hostelería que ocupaba el bajo y primero de ambos inmuebles. 

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