Son, según lo recogió la Audiencia Provincial en una sentencia de enero de 2011, cinco de las integrantes de una red que la Guardia Civil desmanteló a principios de 2005, y que hasta esa fecha se dedicaba al menudeo de cocaína y heroína en la parroquia de Sigrás, Cambre. Todas ellas fueron condenadas a penas de entre tres años y tres años y medio de cárcel por un delito contra la salud pública, penas que aceptaron tras alcanzar un acuerdo sus defensas con el Ministerio Fiscal, y por las que llegaron a pasar dos meses de prisión preventiva. Ahora, tal como se recogía ayer en el Boletín Oficial del Estado, esas penas les serán rebajadas hasta los dos años, lo que eximirá de ingresar en prisión por el mecanismo de la suspensión.
La resolución del ministro de Justicia, de fecha del 21 de diciembre, concede a las cinco condenadas el indulto parcial, teniendo en cuenta “los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal”. Así se hace constar en la disposición del BOE de ayer, donde también se supedita este beneficio a la condición de que no vuelvan a cometer “delito doloso” en un plazo variable, según el caso, de cuatro o cinco años.
incautaciones
La sentencia por la que fueron condenadas junto a otras 14 personas –siete varones y otras siete mujeres– se firmó previa conformidad de las partes y las implicaba en el “trapicheo” detectado hace ya nueve años en el lugar de Enxertos, Sigrás.
Fue una denuncia vecinal lo que promovió la investigación de la Guardia Civil de Betanzos, en el curso de la cual se intervinieron los teléfonos de varios de los sospechosos y se interceptaron unas comunicaciones que permitieron la detención de los 19 sospechosos. Fruto de aquella operación, el juzgado instructor ordenó la entrada y registro de los domicilios de todos los implicados, incluidos los de estas cinco acusadas y sus parejas, dos de ellos en Arteixo y el resto, en el poblado chabolista de Penamoa.
En los registros de Arteixo, se intervinieron 165 gramos de cocaína y 25 de heroína, además de básculas y un arma de fuego. En las tres chabolas de Penamoa, las cantidades de droga incautada fueron menores, 3,5 gramos de cocaína y menos de un gramo de heroína, distribuidos, eso sí, en una treintena de bolsitas.
reacciones
El abogado Diego Reboredo, miembro del despacho de José Ramón Sierra, ejerció la defensa de cuatro de estas acusadas, y defiende la actuación del Gobierno, al considerar el indulto como “una corrección a la desproporción de una pena atendiendo a la gravedad de un delito concreto”.
Esas premisas se dan, entiende el letrado, en este caso: las parejas de todas las procesadas se dedicaban al tráfico de drogas, pero en cambio ninguna de ellas tenía antecedentes penales, una cuestión que considera “fundamental”. “Se les metió a todos en el mismo saco”, interpreta.
Para este penalista, son precisamente los delitos de tráfico de drogas los que más se ajustan al mecanismo del indulto, dado que las penas previstas en el Código Penal, de entre tres y seis años, “vulneran el principio de proporcionalidad en sentido estricto” y “abocan necesariamente a que los tribunales se vean obligados a imponer penas desproporcionadas en concreto”.
Como ejemplo cita este profesional una sentencia del Tribunal Supremo del año 2003, en la que se hace constar que la pena impuesta a un acusado de tráfico de drogas “no obstante a ser la mínima imponible (tres años de prisión), se encuentra desproporcionada a los elementos fácticos” (dos gramos repartidos en 10 papelinas), lo que permitiría activar por el recurrente el oportuno mecanismo de gracia”.
En cuanto a la quinta acusada, su abogado defensor, Manuel Ferreiro, alude a “razones humanitarias” para justificar la concesión del indulto. Como reseña, se trata de una mujer de avanzada edad que tiene a su cargo a tres nietos, de los que se ocupa porque sus padres, bien son toxicómanos, bien han fallecido.