La juez de la DANA solicita nuevos datos para saber quién dio la alerta

La magistrada pide imágenes a medios y comunicaciones de las autoridades y los responsables de Emergencias
La juez de la DANA solicita nuevos datos para saber quién dio la alerta
Un hombre fotografía su vehículo en un depósito de coches en Benaguasil | Raquel Segura (Efe)

La juez de Instrucción 3 de Catarroja (Valencia) volvió a requerir a la Generalitat que comunique quién tomó la decisión de enviar el SMS de alerta por la DANA el 29 de octubre y pidió a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) que facilite los datos relativos al caudal del barranco del Poyo entre las 16.13 y las 18.42 horas de ese día y cómo se transmitieron.


En un auto que fue notificado este jueves a las partes, la magistrada también acordó solicitar a diferentes medios de comunicación material videográfico sobre la crecida de esa rambla y las declaraciones y comunicaciones efectuadas por autoridades y responsables de Emergencias.


La juez quiere recabar las declaraciones tanto sobre el conocimiento del sistema Es-Alert como “sobre el nivel de alerta y la evolución de las circunstancias meteorológicas” durante esa fecha. 

 

Por último, acordó citar a declarar en calidad de perito a un investigador de la Universidad Politécnica de Valencia en relación a un estudio cartográfico en el que se detalla de forma minuciosa las cotas a las que llegó el agua tras el desbordamiento del barranco del Poyo en municipios de la comarca de l’Horta Sud.

 

El juzgado busca declaraciones sobre el conocimiento del sistema Es-Alert, el nivel de peligro y la evolución del clima


La resolución judicial recoge que de la práctica de los ofrecimientos de acciones y declaraciones de testigos y familiares de los fallecidos del partido judicial de Catarroja “se constata un desconocimiento por las víctimas de la situación de altísimo riesgo en la que se encontraban”. 

 

La magistrada recuerda que muchas víctimas de la tercera edad se encontraban en las plantas bajas de sus domicilios y murieron en ellos, mientras que otras estaban por las calles o bajaban a sacar vehículos de sus garajes cuando el mensaje de alerta donde se instaba a evitar desplazamientos se envió a los teléfonos móviles a las 20.11 horas.


La juez considera que es necesario analizar no solo si se produjeron las oportunas mediciones del caudal del barranco del Poyo y su conocimiento por parte de los responsables de Emergencias, sino también si la “simple percepción directa de cualquier persona cercana” a esa rambla de la “intensidad del desbordamiento” pudo permitir a esos responsables conocer la situación.

 

Comunicación del riesgo


La titular del órgano judicial entiende que ha de dilucidarse si se comunicó el riesgo existente a la población y la evolución de las circunstancias meteorológicas por “otros medios” de forma previa, como “conferencias de prensa, declaraciones públicas o comunicados a los medios”.


Respecto al envío del SMS de alerta, la juez indica que en la documentación remitida por la Conselleria de Interior y Emergencias no se responde a la petición de información sobre qué persona tomó la decisión, por lo que vuelve a requerir a la Administración autonómica que lo comunique “en el improrrogable plazo de cinco días”. También solicita a la Conselleria identificar al funcionario o al técnico que ejecutó esa orden.


Por otro lado, el auto señala que existe un intervalo de tiempo sin mensajes sobre el caudal de la Rambla del Poyo en las comunicaciones de la CHJ de la tarde del 29 de octubre, en concreto entre un correo fechado a las 16.13 horas y otro a las 18.42. 

 

No obstante –precisa la juez– la CHJ informó en una nota de prensa del 4 de febrero que el Sistema Automático de Información Hidrológica funcionaba y transmitía datos actualizados cada cinco minutos. Por ello la magistrada requiere a la CHJ facilitar “la integridad” de los datos en ese tiempo sobre el caudal del barranco y concretar “el medio utilizado de transmisión”.


El auto, que fue notificado a la Fiscalía y a las siete acusaciones particulares personadas en el procedimiento, puede ser recurrido en reforma o apelación. 

La juez de la DANA solicita nuevos datos para saber quién dio la alerta

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