Los magistrados del Constitucional se han ido o se irán pronto de vacaciones. Tal vez sea mejor así, porque el ambiente y los ánimos en el alto tribunal no están como para dar cabida a deliberaciones ni a disquisiciones jurídicas por muy leves que unas y otras pudieran resultar.
El hecho es que el fallo que después de quince horas de deliberación a lo largo de cuatro densas y tensas sesiones plenarias declaró inconstitucional el primer estado de alarma, ha supuesto la culminación de una serie de episodios acumulados durante el último año en el alto tribunal, hasta el punto de haberse llegado a lo nunca visto: la suspensión por presiones internas de un pleno convocado.
Y es que los seis magistrados que habían compuesto la mayoría y anulado el confinamiento domiciliario se habían sentido ofendidos por el compañero de sillón Conde-Pumpido, quien en una primera redacción de su voto particular les reprochaba haberse servido de razonamientos “muy pobres” y de “atajos argumentales” más que de criterios jurídicos. Lo de sentencia arbitraria “más propia de un lego o de un jurista de salón que del máxime intérprete de la Constitución”, vino a ser lo más despectivo.
Con todo ello por delante y aunque luego se retractara de los términos y expresiones más hirientes de su duro escrito, tengo la impresión de que quien fue fiscal general con Zapatero y no sentía escrúpulos por arrastrar la toga por el polvo del camino en la negociación con ETA, se pasó un tanto. Tal vez él mismo se haya dado un tiro en el pie, llamado como estaba a ser el candidato de Pedro Sánchez para, cuando proceda, la renovada presidencia del TC.
Habrá que ver cómo vuelven de sus vacaciones los magistrados. Porque la agenda que sobre la mesa les espera es endiablada y la división interna producida en el alto tribunal amenaza con repetirse en importantes sentencias pendientes, que van desde el recurso contra el segundo estado de alarma –seis largos y tal vez injustificados meses de duración-, la constitucionalidad de la prisión permanente revisable, la reforma educativa, la legalización de la eutanasia y recursos de amparo por condenas a golpistas
catalanes.
Por lo que adelantan cronistas de Tribunales habitualmente bien informados, la mayoría conservadora pondrá objeciones graves a dicho estado de alarma, sobre todo al haber aparecido unido a la delegación de competencias a las comunidades autónomas; esto es, a la célebre y cuestionada cogobernanza.
Termine como termine todo ello, lo que aparece claro es que la regulación actual de los regímenes de excepción contemplados en al artículo 116 de la Constitución (alarma, excepción y sitio) no sirven o no son el mejor instrumento jurídico para el manejo de una pandemia. Una norma específica para ellas viene siendo reclamada desde múltiples instancias y desde hace tiempo. La empecinada negativa de Pedro Sánchez a ello no se entiende.