La Fiscalía no recurrirá la sentencia del caso Samuel Luiz

Las defensas de Yumba, Kaio Amaral y Alejandro Míguez ya confirmaron que recurrirán el fallo
La Fiscalía no recurrirá la sentencia del caso Samuel Luiz
Día de las declaraciones de Diego Montaña, Kaio Amaral y Yumba por el asesinato de Samuel Luiz | Quintana

La Fiscalía no recurrirá la sentencia del caso Samuel Luiz, que condena a penas de entre 20 y 24 años de prisión a los tres adultos que asesinaron en A Coruña al español de origen brasileño y a 10 años a su cómplice, al tiempo que ha absuelto a la única mujer encausada.


Fuentes de la Fiscalía han señalado este jueves a EFE que no presentará recurso contra este fallo.


Samuel Luiz fue asesinado la madrugada del 3 de julio de 2021 frente a la playa de Riazor de A Coruña, en un caso que ya cuenta con resolución judicial para las siete personas implicadas, con seis condenados -dos menores que estuvieron en otro proceso- y una mujer absuelta.


La sentencia impone 24 años de cárcel al principal acusado, Montaña, que lo agredió al grito de "maricón"; y suma 20 años para Alejandro Freire ‘Yumba’; 20 años y 6 meses para Kaio Amaral Silva, también por el robo del móvil de la víctima; y 10 años para Alejandro Míguez, como cómplice.


Los cuatro tendrán que indemnizar a la familia de Samuel Luiz con 304.000 euros y tras salir de prisión tendrán 5 años de libertad vigilada, según el fallo.


Las defensas -no ha sido posible contactar con la Diego Montaña- han confirmado que sí interpodrán un recurso

 

De los cinco jóvenes acusados, se consideró no culpable a la única chica, C.S.B., mientras que a su entonces pareja Diego M.M., al concurrir la circunstancia agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, la magistrada presidenta le impuso 24 años de cárcel, pena muy cercana al máximo legal -- 25 años --, que no le aplica porque el jurado no apreció la agravante de ensañamiento.


Por su parte, a Alejandro F.G. lo condenó a 20 años de cárcel pues explica que la no concurrencia de circunstancias agravantes ni atenuantes determina la imposición de la pena en su mitad inferior, lo que abarca un arco punitivo que va de 15 a 20 años de prisión, al igual que en el caso de Kaio A.S.C.


A este le impuso un total de 20 años y medio -- 17 años por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia-- pues indicó que su intervención en el asesinato "no alcanza la entidad" de la de Diego M.M. y Alejandro F.G.


A Alejandro M.R. lo condenó a 10 años de cárcel ya que, al tratarse de un cómplice de asesinato, señaló que procedía imponer la pena inferior en grado que, en este caso, abarca un arco punitivo de 7 años y medio a 15 años de prisión.
 

La Fiscalía no recurrirá la sentencia del caso Samuel Luiz

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