Estas son las compensaciones que pueden solicitar los afectados por la huelga de Iberia

Los pasajeros que se vean afectados por la huelga convocada por sindicatos del personal de tierra de Iberia tienen derecho, si se cancela su vuelo, al reembolso del precio del billete en un plazo de siete días y a una compensación de hasta 600 euros, según OCU
Estas son las compensaciones que pueden solicitar los afectados por la huelga de Iberia
Trabajadores del 'handling' de Iberia en una concentración en el Aeropuerto de Barcelona | Europa Press

Los pasajeros que se vean afectados por la huelga convocada por sindicatos del personal de tierra de Iberia tienen derecho, si se cancela su vuelo, al reembolso del precio del billete en un plazo de siete días y a una compensación de hasta 600 euros, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).


Esa compensación varia según la distancia y si les han ofrecido o no un vuelo alternativo, según la OCU, que advierte de que una huelga anunciada y confirmada no es causa de fuerza mayor y la compañía debe tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros.


La compañía aérea no está obligada a pagar ninguna compensación económica en el caso de que se pruebe que la cancelación del vuelo se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.


Pero OCU insiste en que no se consideran circunstancias extraordinarias huelgas que se anuncian con semanas de antelación, que no eximen a la compañía de su responsabilidad.


Estas son las compensaciones automáticas, en función del tipo de vuelo y destino, que podrían recibir los afectados por una cancelación:

 

  • De 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, que se convierten en 125 si ofrecen viajar con una demora de no más de dos horas.
  • De 400 euros si se trata de un viaje intracomunitario de más de 1.500 kilómetros, y para los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros (200 si ofrecen una solución para viajar al destino con una demora de no más de tres horas).
  • De 600 euros en el caso de trayectos de más de 3.500 kilómetros (300 euros si ofrecen viajar al destino con una demora de no más de cuatro horas).

 

Estas compensaciones son automáticas pero también podrían pedir otras indemnizaciones por daños individuales, que los afectados deberán demostrar.


Los trabajadores de "handling" (servicio de asistencia en tierra) del grupo Iberia (Iberia, Iberia Express y Air Nostrum) están convocados desde este viernes y hasta el próximo lunes, 8 de enero, a una huelga que ha obligado a cancelar 444 vuelos.


Se han visto afectados más de 45.600 pasajeros y más del 90 % de ellos han sido reubicados en otros vuelos o han recibido el reembolso de sus billetes.


La huelga ha sido convocada por CCOO y UGT, y a ella se ha adherido el sindicato USO después de que Iberia perdiera en septiembre la concesión de la prestación del servicio en ocho aeropuertos españoles en el concurso convocado por el gestor aeroportuario, Aena.

 

La USO denuncia en Inspección de Trabajo por no dar información de servicios mínimos

El sindicato USO ha indicado que ha denunciado a Iberia ante la Inspección de Trabajo por no facilitarle información sobre los vuelos protegidos por servicios mínimos y los trabajadores asignados a ellos en la huelga de 'handling' que ha comenzado este viernes, al considerar que con ello se vulnera la libertad sindical.


USO ha señalado en un comunicado que ha interpuesto dicha denuncia y ha explicado que el 29 de diciembre se recibió la resolución de servicios mínimos dictada por el Ministerio de Transporte para esta huelga, luego rectificada un día después.


USO solicitó a través de correo electrónico a la dirección de la compañía el listado de los vuelos protegidos por los servicios mínimos desglosados por días y aeropuertos, así como el del número de trabajadores asignados como servicios mínimos a cada uno de los vuelos protegidos, desglosados por días y aeropuertos.


Según el sindicato, esta información se necesita para que el comité de huelga pueda comprobar y verificar el cumplimiento de la obligación derivada de la resolución dictada por el ministerio, así como el del legitimo derecho a la huelga de los trabajadores que decidan secundarla.


USO añade que esa solicitud de información le fue reiterada a Iberia en la reunión que mantuvo con los sindicatos convocantes de la huelga y el Comité Intercentros, a los que la empresa les dijo que no tiene obligación de consignarles los vuelos protegidos para los que se asignan los servicios mínimos.


Sin embargo, USO considera que Iberia vulnera con su negativa a facilitarles esos datos el derecho a la libertad sindical de las organizaciones convocantes y el derecho a la huelga de los trabajadores, por lo que ha denunciado ante la Inspección de Trabajo. 

Estas son las compensaciones que pueden solicitar los afectados por la huelga de Iberia

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