La reforma de la ley del aborto, que elimina la exigencia de consentimiento paterno para las chicas de 16 y 17 años, avanzó en su tramitación después de que la Comisión de Igualdad del Congreso aprobara ayer el dictamen de la ponencia con algunas modificaciones al texto inicial.
El texto, que antes de ser enviado al Senado, tendrá que pasar por el Pleno de la Cámara Baja, garantiza el aborto en la sanidad pública, regula la objeción de conciencia y contempla bajas temporales de preparto en la semana 39 y bajas por menstruación incapacitante. En la Comisión, fue aprobado por 22 votos a favor y quince en contra, que son los de Vox, PP y Ciudadanos (Cs).
La futura norma, que blinda los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, incorporó durante la fase de ponencia varias enmiendas de los grupos, como la que impide a los médicos objetores participar en los comités clínicos que deciden sobre los abortos a partir de las 22 semanas.
Estos comités no tendrán la última palabra en la interrupción del embarazo a partir de la semana 22, sino que la paciente podrá “recurrir en vía jurisdiccional” su decisión en caso de no estar de acuerdo, según una enmienda incorporada de Unidas Podemos.
Con las enmiendas introducidas, la ley contempla que se adopten las medidas necesarias para garantizar que no se discrimine ni a los sanitarios no objetores ni a los que lo son. También incorpora la salud sexual y reproductiva en los programas curriculares de las carreras relacionadas con la medicina y las ciencias de la salud.
En caso de discrepancia entre una menor de 16 años y quien deba autorizar que esta se someta a un aborto, el conflicto se resolverá por la autoridad judicial con “carácter urgente”.
Las instituciones públicas no apoyarán a las asociaciones provida, según el dictamen aprobado que recoge que las mujeres tendrán una atención integral durante todo el proceso de aborto.
Asimismo, reafirma la prohibición de los anuncios de prostitución y fomenta la implicación y la responsabilidad de los hombres en la prevención de embarazos no deseados y de infecciones de transmisión sexual.
Las personas con discapacidad contarán con una atención específica para garantizar su derecho a la salud sexual y reproductiva, y el texto considera contratos nulos de pleno derecho los relativos a la gestación subrogada.
Incluye asimismo nuevas definiciones como la esterilización forzosa, la anticoncepción forzosa y aborto forzoso como formas de violencias contra las mujeres en el ámbito reproductivo.