El Juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por la Administración General del Estado, a la que se sumaron la Xunta y el Ayuntamiento de Sada, por la propiedad de bienes del Pazo de Meirás que reclamaban los Franco.
El fallo, contra el que cabe recurso, señala, en una sentencia de 90 páginas, que "en ningún momento se acredita que el Estado realizara una declaración de reconocimiento de la propiedad de estos bienes concretos en favor de los demandados".
"La posición que se mantuvo por el Estado en la ejecución provisional seguida ante el Juzgado de Primera Instancia de A Coruña no conllevó la realización de actos de los que pudiera deducirse el referido reconocimiento dominical en relación con los bienes objeto de este proceso".
"Por todo ello, y en base a los razonamientos jurídicos efectuados a lo largo de la presente resolución, procede estimar íntegramente la demanda interpuesta, debiendo en consecuencia efectuar las declaraciones de dominio que en ella se pretenden", señala en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Con anterioridad, este Juzgado ya había acordado que los bienes que permanecían en el Pazo de Meirás y que el Estado reclamaba permanecieran allí en depósito hasta que el pleito finalizase.
Resolvía así favorablemente la medida cautelar solicitada por la Administración General del Estado y el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y decretaba que los bienes identificados en la demanda, incluidos los que pertenecieron a la escritora Emilia Pardo Bazán, quedasen en depósito bajo la custodia estatal.
El Estado había presentado una demanda contra la familia Franco en la que reclamaba la propiedad de 564 bienes del Pazo de Meirás. Lo hacía después de que los Franco solicitasen al Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña retirar todos los bienes depositados en el inmueble que no fueron reclamados por el Estado en su momento.
En concreto, la Abogacía del Estado presentara ante los juzgados de Madrid una demanda contra los herederos del dictador reclamando la propiedad sobre una gran parte de los bienes muebles que se encuentran dentro del pazo.
Se trató de un total de 564 bienes muebles o documentos y legajos que pueden agruparse en tres categorías: bienes de Patrimonio Nacional; bienes del Patrimonio Documental Español y bienes que son de dominio público por su afectación al uso del Pazo de Meirás como residencia oficial del jefe del Estado.
"Y que, además, forman parte del patrimonio histórico español por su interés histórico y también artístico, vinculado, por una parte, a la figura de la escritora Emilia Pardo Bazán, y por otra, a la actividad oficial desarrollada durante la dictadura franquista", argumentaba el Estado.
Tras tener constancia del fallo, desde el Ayuntamiento de Sada, donde se ubica el Pazo de Meirás, han mostrado su satisfacción "al comprobar que la Justicia sigue a darnos la razón en el trabajo que llevamos haciendo para garantizar la tiutlaridad pública del Pazo de Meirás". "Desde Sada siempre defendimos que el Pazo es un bien público y todo lo que guarda es patrimonio de la ciudadanía, no de los herederos del dictador".